No, los horarios deben ser programados de manera mensual, bisemanal o semanal. Estos cambios podrán ser considerados acciones en contra de los trabajadores, lo cual puede acarrear quejas ante el Ministerio de Trabajo.
No, los horarios deben ser programados de manera mensual, bisemanal o semanal. Estos cambios podrán ser considerados acciones en contra de los trabajadores, lo cual puede acarrear quejas ante el Ministerio de Trabajo.