Es obligación de los patronos notificar por escrito al trabajador la sustitución patronal, de no hacerlo el patrono anterior será solidariamente responsable de las prestaciones laborales de los trabajadores.
Es obligación de los patronos notificar por escrito al trabajador la sustitución patronal, de no hacerlo el patrono anterior será solidariamente responsable de las prestaciones laborales de los trabajadores.