En la República de Panamá, la relación laboral no es una relación de igualdad ante la ley. El Código de Trabajo tiene un carácter tuitivo o proteccionista hacia el trabajador. Por ello, la gestión de un juicio por despido en Panamá se gana o se pierde en el momento exacto en que se entrega la notificación de terminación.
A continuación, desglosamos los fallos más comunes que los juzgados laborales sancionan con el pago de salarios caídos, indemnizaciones y costas procesales.
El error más castigado por los jueces es la falta de precisión. Según el Artículo 214 del Código de Trabajo, el empleador debe comunicar por escrito la causa o causas del despido y los **hechos que lo motivan**.
Muchas empresas aplican sanciones basadas en un reglamento que no ha sido aprobado por el MITRADEL. Si la falta cometida por el trabajador no está taxativamente tipificada en la ley o en un reglamento oficializado, el despido será declarado injustificado de plano.
La ley exige inmediatez. Si un empleador conoce una falta grave y permite que el trabajador continúe laborando por varias semanas sin sancionarlo, los tribunales consideran que ha operado el “perdón de la falta”. No se puede despedir hoy por algo que sucedió hace tres meses y que ya era conocido por la gerencia.
Al terminar la relación, la empresa tiene un tiempo perentorio para entregar el pago de prestaciones. Fallar en el cálculo de la prima de antigüedad o no incluir los proporcionales de vacaciones y décimo tercer mes da pie a demandas por “retención indebida” o falta de pago, lo que acarrea multas administrativas severas.
Este es el error más costoso. Panamá reconoce múltiples fueros:
Sin una autorización judicial previa (proceso de desafuero), despedir a estas personas conlleva al reintegro inmediato y al pago de todos los salarios que dejaron de percibir.
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Aunque la ley no establece un día exacto, la jurisprudencia indica que debe ser de forma inmediata. Demoras mayores a 10 días suelen ser sancionadas si el trabajador acude al MITRADEL.
Sí, si existe una causa justa comprobada. Sin embargo, en contratos indefinidos sin causa justa, el preaviso es de 30 días o el pago del salario equivalente a ese mes.
Analice si su empresa cumple con las normas de seguridad y salud ocupacional.
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